






Para ampliar y concretar la información aquí recogida, aconsejamos que se consulte la convocatoria y las bases de las ayudas, publicadas mediante Resolución de la Consejería de Medio Rural y Pesca, de 15 de junio de 2009 en el B.O.P.A. Nº 146 de 25-VI-2009, a las que se pude acceder en esta web o descargar en formato PDF. Igualmente, se recomienda consultar las "Guías de ayudas Leader Navia-Porcía" disponibles en la web.
- Acceder a la convocatoria
y bases de las ayudas Leader
- Acceder a las "Guías
de ayudas Leader Navia-Porcía"
En esta Web también puede descargar el folleto sobre las ayudas del Eje Leader Navia-Porcía.
IntroducciónUn Programa de Desarrollo Rural que tiene como finalidad contribuir a la reactivación socioeconómica de la Comarca del Navia-Porcía (concejos de Boal, Coaña, El Franco, Grandas de Salime, Illano, Navia, Pesoz, Tapia de Casariego y Villayón).
Para ello, cuenta con diferentes líneas de ayudas, disponiendo de fondos por importe de 11,5 millones de euros del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2007-2013, procedentes del Fondo FEADER de la Unión Europea, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias.
Las bases y la convocatoria de las ayudas del Eje Leader se recogen en la Resolución de la Consejería de Medio Rural y Pesca, de 15 de junio de 2009 publicada en el B.O.P.A. Nº 146 de 25-VI-2009.
El Grupo de Acción Local CEDER
Navia-Porcía es el organismo encargado de la gestión
del Programa. Esta entidad agrupa a los nueve ayuntamientos del territorio
y a diferentes entidades representativas del tejido social y económico
comarcal.
¿Qué tipo de ayudas contempla el Eje Leader Navia-Porcía?
Se trata de subvenciones directas ("a fondo perdido") destinadas
a cofinanciar inversiones en el Navia-Porcía que realicen las empresas
y otras entidades –sin ánimo de lucro- que cumplan con los
requisitos y las condiciones establecidos en la convocatoria de ayudas.
¿Qué ayudas se destinan
a inversiones realizadas por empresas?
El Eje Leader contempla una primera línea de ayudas ("Ayudas a operaciones productivas") que tiene como destinatarias las empresas que lleven a cabo proyectos de inversión que supongan una actividad económica y respondan a alguna de las siguientes medidas:
» Medida
1.2.1. Modernización de las explotaciones agrícolas
| Destinatarios | Agricultores/as profesionales y jóvenes agricultores/as que hayan recibido una ayuda a la primera instalación en los cinco últimos años. Titulares de explotaciones agrarias, que no sean agricultores profesionales, pero que presenten un proyecto técnica y económicamente viable y se consideren microempresas |
| Proyectos que se subvencionan | Modernización de explotaciones agrícolas o ganaderas económicamente viables, que tengan por finalidad la mejora del rendimiento y el aumento de la calidad de vida del agricultor, y que se desarrollen en alguno de los siguientes sectores productivos: ovino, caprino, aves en extensivo, porcino en extensivo, explotaciones ecológicas, explotaciones frutícolas, hortícolas y ornamentales u otras explotaciones agrícolas y ganaderas emergentes. |
| Ayudas | Hasta el 40 % de la inversión auxiliable (50% en zonas de montañas o especial dificultad y 60% en caso de jóvenes agricultores/as).Cuantía máxima determinada por la Inversión máxima auxiliable: 100.000 euros por U.T.A. con un máximo de 4 U.T.A.S. por explotación. |
» Medida
3.1.1. Diversificación hacia actividades no agrícola
| Destinatarios | Titulares de explotaciones agrarias situadas en la comarca, así como a familiares de primer y segundo grado del titular que sean miembros de la unidad familiar y sean considerados microempresas. |
| Proyectos que se subvencionan | Creación, ampliación modernización de una actividad económica que supongan la diversificación de la actividad agrícola principal de la unidad familiar del solicitante y se desarrolle en la propia explotación (los proyectos deberán estar vinculados al turismo rural, la artesanía, los servicios a la población y el fomento de las TIC, así como aquellas actividades consideradas estratégicas en función del programa comarcal de desarrollo rural). |
| Ayudas | Intensidad (porcentaje) máximo de ayuda del 50%. La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del "régimen de mínimis". En todo caso, nunca podrá superar los 200.000 euros. |
» Medida
3.1.2. Creación y desarrollo de microempresas
| Destinatarios | Microempresas, tal y como se define en la Recomendación 2003/361/CE. |
| Proyectos que se subvencionan | Proyectos de inversión empresarial que supongan la creación, ampliación o modernización de una actividad económica. No son subvencionables aquellas inversiones que se lleven a cabo en sectores de actividad excluidos o no supongan el desarrollo de un producto o servicio inexistente o deficitario en la comarca (criterio de "idoneidad territorial"). |
| Ayudas | Intensidad (porcentaje) máximo de ayuda del 50%. La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del "régimen de mínimis". En todo caso, nunca podrá superar los 200.000 euros |
» Medida
3.1.3. Fomento de actividades turísticas
| Destinatarios | Microempresas, tal y como se define en la Recomendación 2003/361/CE. |
| Proyectos que se subvencionan | Creación, ampliación y/o modernización de: - Alojamientos rurales de capacidad reducida, hasta 40 plazas. - Servicios turísticos relacionados con el turismo rural. No serán auxiliables en ningún caso las iniciativas de servicios de turismo activo que supongan actividades no sostenibles desde el punto de vista paisajístico o medioambiental, ni aquellos establecimientos que no cumplan con los estándares de calidad fijados en la convocatoria para alojamientos turísticos (Anexo VII) y establecimientos de restauración (Anexo VIII). |
| Ayudas | Intensidad (porcentaje) máximo de ayuda del 50%. La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del "régimen de mínimis". En todo caso, nunca podrá superar los 200.000 euros |
El Eje Leader contempla una segunda línea de ayudas ("Ayudas
a operaciones no productivas") destinada a determinadas entidades
sin ánimo de lucro que realicen inversiones de ámbito comarcal
que no supongan una actividad económica. Las medidas que contempla
son las siguientes:
» Medida
3.1.3. Fomento de actividades turísticas
| Destinatarios | Asociaciones sin ánimo de lucro, Ayuntamientos, Mancomunidades y Grupo de Acción Local. |
| Proyectos que se subvencionan | Iniciativas de carácter no productivo de revalorización del potencial endógeno del territorio como recurso turístico: - La creación y mejora de infraestructuras recreativas en el medio rural. - Los centros de información, los centros de interpretación y los pequeños museos, siempre y cuado estén relacionados con la etnografía, la cultura, el medio ambiente, la agricultura y la pesca. - La señalización de los lugares turísticos. - La promoción del turismo rural. |
| Ayudas | - Ayuntamientos, Mancomunidades y Grupos de Acción Local: hasta el 100% de la inversión auxiliable - Entidades beneficiarias declaradas de utilidad pública: hasta 50% de la inversión auxiliable - Resto de entidades beneficiarias: Hasta el 50% de la inversión auxiliable con un límite de 200.000,00 euros de ayuda |
» Medida
3.2.1.Mejora del entorno y los servicios en el medio rural
| Destinatarios | Asociaciones sin ánimo de lucro, Ayuntamientos y Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | Implantación y mejora de los servicios básicos a la población rural, como acceso a TIC,s, actividades culturales y deportivas, transporte de personas, atención a personas dependientes y centros de servicios al tejido empresarial de la zona: - La puesta en marcha de servicios de transporte rural dentro de la comarca. - Creación o acondicionamiento de infraestructuras donde realizar actividades culturales y deportivas, material para realizar dichas actividades. - Creación o acondicionamiento de infraestructuras donde prestar servicios a personas dependientes - Creación o acondicionamiento de infraestructuras donde realizar prestación de servicios a empresas de la zona. - Otras pequeñas infraestructuras y equipamiento necesario para la mejora del entorno y los servicios en el medio rural. |
| Ayudas | - Ayuntamientos Grupos de Acción Local y asociaciones declaradas de utilidad pública: hasta el 100% de la inversión auxiliable - Resto de asociaciones: Hasta el 60% de la inversión auxiliable con un límite de 200.000,00 euros de ayuda. |
» Medida
3.2.2. Renovación y desarrollo de las poblaciones rurales
| Destinatarios | Ayuntamientos, Mancomunidades y Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | Iniciativas dirigidas a reactivar la economía de las zonas rurales bajo el enfoque del desarrollo sostenible, en un intento de incrementar la actividad económica y la tasa de empleo en la economía rural, modernizar las infraestructuras locales y devolver el alma a los pueblos - Construcción de infraestructuras comunes a pequeña escala que mejoren las condiciones de vida de la población rural. - Rehabilitación de lugares, elementos y edificios de interés histórico, cultural y medioambiental. |
| Ayudas | Hasta el 100% de la inversión auxiliable. |
» Medida
3.2.3. Conservación y mejora del patrimonio rural
| Destinatarios | Asociaciones sin ánimo de lucro, Ayuntamientos y Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | Iniciativas dirigidas a reactivar la economía de las zonas rurales, buscando sinergias entre el medio ambiente, el patrimonio cultural y el desarrollo económico del mundo rural: - Estudios e inversiones encaminados al mantenimiento, restauración y puesta en valor del patrimonio natural. - Estudios e inversiones encaminados al mantenimiento, restauración y puesta en valor del patrimonio cultural. |
| Ayudas | - Ayuntamientos Grupos de Acción Local y asociaciones declaradas de utilidad pública: hasta el 100% de la inversión auxiliable - Resto de asociaciones: Hasta el 60% de la inversión auxiliable con un límite de 200.000,00 euros de ayuda. |
» Medida
3.3.1. Formación e información
| Destinatarios | Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | Iniciativas dirigidas a mejorar el capital humano y la competitividad de las empresas locales, fomentar la entrada de las mujeres en el mercado laboral y favorecer la adquisición de los conocimientos necesarios para la diversificación de la economía local.Acciones de formación e información: - Acciones dirigidas a corregir los desequilibrios de género en el acceso a la creación de empresas y al empleo. - Acciones dirigidas a estimular la cultura emprendedora y la iniciativa empresarial de las mujeres. |
| Ayudas | - Hasta el 100% de la inversión auxiliable. |
| Destinatarios | Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | Iniciativas destinadas a mejorar el capital humano de los grupos de acción local, y con ello mejorar la gobernanza y la capacidad de gestión del programa de desarrollo rural: - Estudios relativos a la zona de aplicación del programa comarcal de desarrollo rural - Acciones de formación e información. - Actos de promoción y medidas de información sobre la zona y la estrategia de desarrollo local |
| Ayudas | - Hasta el 100% de la inversión auxiliable. |
» Medida
4.3.1. Funcionamiento del grupo de acción local
| Destinatarios | Grupo de Acción Local |
| Proyectos que se subvencionan | - Iniciativas destinadas a cubrir los gastos de funcionamiento del Grupo, necesarios para que éstos puedan ejecutar la estrategia de desarrollo y aplicar las medidas contempladas en el Eje Leader |
| Ayudas | - Hasta el 100% de la inversión auxiliable. |
¿Qué requisitos se exigen para acceder a las ayudas del
Eje Leader Navia-Porcía?
En el caso de las empresas que deseen acceder a una ayuda del Eje Leader, deben cumplir una serie de requisitos, recogidos en las bases cuarta y quinta de la convocatoria de ayudas. Sintéticamente, los principales requisitos generales comunes a todas las medidas de la línea de ayudas a operaciones productivas son:
» Llevar a cabo un proyecto de
inversión empresarial en alguno de los concejos del Navia-Porcía.
» Tener la condición de microempresa
(excepto los agricultores profesionales y jóvenes agricultores
en la medida 1.2.1.)
» No estar incursos alguna de las circunstancias recogidas
en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
» Ser viable técnica, económica
y financieramente.
» No haber iniciado las inversiones
antes de solicitar la ayuda (salvo que sean estudios preparatorios, proyectos,
licencias y los gastos de encargo o reserva, y siempre y cuando en su
conjunto no superen el 10% de la inversión total).
» Si es una persona jurídica,
estar legalmente constituido en el momento de la solicitud.
» Crear o mantener empleo (en el
caso de nuevas empresas, se exige la creación de al menos un puesto
de trabajo a jornada completa; en el resto, se exige el mantenimiento
de la plantilla de la empresa en el momento de solicitar la ayuda).
» Mantener los compromisos de empleo
durante al menos los 5 años posteriores al pago de la ayuda.
» Mantener la inversión durante
los 5 años posteriores al pago de la ayuda (10 años si la
inversión se realiza sobre bienes inmuebles).
» Contar con todos los permisos,
licencias e inscripciones registrales necesarias para desarrollar la actividad
» Cumplir con la normativa sectorial
que sea de aplicación.
» No desarrollar una actividad empresarial
en un sector considero como “no estratégico” para el
desarrollo de la Comarca.
» Cumplir los requisitos que se
establecen para la medida en la que se incluya el proyecto.
» Si es un proyecto de turismo,
cumplir con los estándares de calidad fijados en las bases de las
ayudas de calidad fijados en la convocatoria para alojamientos turísticos
(Anexo VII) y establecimientos
de restauración (Anexo
VIII).
En el caso de ayudas a operaciones no productivas, los requisitos generales
que tienen que cumplir los destinatarios para ser beneficiarios de una
ayuda Leader se recogen en las bases undécima
y duodécima
de la convocatoria de ayudas. En resumen, los requisitos generales son:
» Llevar a cabo un proyecto de
inversión de carácter no empresarial ubicado en el territorio
que conforman los nueve concejos de la comarca del Navia-Porcía
(Boal, Coaña, El Franco, Grandas de Salime, Illano, Navia, Pesoz,
Tapia de Casariego y Villayón).
» No estar incursos en alguna de
las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo
13 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
» En el caso de asociaciones sin
ánimo de lucro, poseer un ámbito de actuación al
menos comarcal y contemplar entre los fines estatutarios los objetivos
o naturaleza de la actividad para la que solicitan ayuda.
» Cumplir los requisitos que se
establecen para cada medida en la que se incluya el proyecto.
» No haber iniciado las inversiones
antes de solicitar la ayuda (salvo que sean estudios preparatorios, proyectos,
licencias y los gastos de encargo o reserva, y siempre y cuando en su
conjunto no superen el 10% de la inversión total).
» Contar con todos los permisos,
licencias e inscripciones registrales necesarias para desarrollar la actividad
» Enmarcarse en la estrategia de
desarrollo comarcal rural y contribuir a la puesta en valor de elementos
de desarrollo estratégico, a la revalorización de los recursos
locales o al fomento de la diversificación económica del
territorio.
» Poseer la capacidad de gestión
necesaria para el desarrollo de la actividad, así como la capacidad
de financiación suficiente para la asunción de los compromisos
económicos del proyecto no auxiliados por la ayuda.
» Cumplir, cuando se trate del Grupos
de Acción Local o las Administraciones Públicas, con las
Directivas europeas en materia de contratación pública y
con la Ley de Contratos del Sector Público.
¿Qué inversiones subvencionan las ayudas del Eje Leader
Navia-Porcía?
Los tipos de gastos e inversiones subvencionables y no subvencionables con cargo a las ayudas Leader se detallan en la convocatoria de ayudas.
Con carácter general, en operaciones productivas las ayudas Leader subvencionan inversiones que estén directamente vinculadas al proyecto tales como:
» Compra de edificios (hasta el
10% del total del presupuesto auxiliable del proyecto)
» Obra civil
» Maquinaria y equipamiento
» Vehículos y maquinaria
móvil
» Otros costes (redacción
de los proyectos técnicos, de direcciones de obras, la liquidación
de licencias de obra y de apertura, patentes)
En el caso de las operaciones no productivas, el tipo
de inversión subvencionable varía con cada medida:
| Medida | Inversiones subvencionables. |
| Medida 3.1.3. Fomento de actividades turísticas | - La compra de edificios, en un máximo del 10 % del coste elegible.. - La construcción y adecuación de edificios. - La compra de maquinaria, instalaciones, equipos informáticos, programas y equipamiento diverso. - La compra de vehículos y maquinaria móvil de uso exclusivo interno propio y sólo utilizados para el fin por el que se les concede la subvención, específicos y adaptados para el desarrollo de la actividad. - Los proyectos y las licencias. - El material audiovisual, la señalización, las publicaciones y el material de promoción del turismo rural. - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005) |
| Medida 3.2.1. Mejora del entorno y los servicios en el medio rural | - Adquisición de vehículos para transporte interno dentro de la comarca. - Acondicionamiento o construcción de edificios e infraestructuras. - Adquisición de maquinaria, instalaciones y equipamiento diverso, incluidos los equipos y programas informáticos, audiovisuales y de telecomunicaciones (red, servidores…). - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005) |
| Medida 3.2.2. Renovación y desarrollo de las poblaciones rurales | - La compra de terrenos e inmuebles, por un importe no superior al 10% del total de gastos subvencionables de la operación de que se trate. - La renovación y adecuación de edificios, incluida la rehabilitación de Escuelas Rurales, y de infraestructuras. - La renovación de lugares de interés histórico, cultural o medioambiental dentro de las poblaciones rurales. - La compra de equipamiento. - Los proyectos y las licencias. - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005) |
| Medida 3.2.3. Conservación y mejora del patrimonio rural | - Estudios, proyectos, licencias - Compra de terrenos, compra y adecuación de infraestructuras. La adquisición de terrenos e inmuebles se aceptará hasta un importe no superior al 10% del coste total de los gastos subvencionables de la operación de que se trate. - Equipamiento informático y audiovisual. - Señalización de activos ambientales y culturales. - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005) |
| Medida 3.3.1. Formación e información | - Material didáctico de los cursos. - Costes de gestión de las acciones formativas. - Costes de honorarios de ponentes de las acciones formativas. - Alquiler de locales donde se realizan los cursos. - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005). |
| Medida 3.4.1. Adquisición de capacidades y promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local | - Material didáctico, costes de gestión, pago de ponentes y alquiler de locales. - Costes de asistencia técnica. - Publicaciones, audiovisuales, costes de publicidad en distintos medios. - Elaboración de página web del Grupo de acción local. - El IVA (sólo podrá ser subvencionado en los términos establecidos en el artículo 71 del Reglamento CE nº 1698/2005). |
Medida 4.3.1. Funcionamiento del grupo de acción local |
- Gastos de gestión del Grupo de Acción Local |
Cuando una proyecto cumple con todos los requisitos para recibir una
ayuda, la intensidad (porcentaje) de la subvención que le corresponde
se determina mediante la aplicación de unos criterios de
valoración y baremación que otorgan a la solicitud
una puntuación. Los criterios son:
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La puntuación máxima que puede obtener una ayuda es de 100
puntos (aunque la suma de los puntos obtenidos por cada criterio supere
dicha cifra). Para determinar el porcentaje de ayuda que corresponde a
una solicitud, se aplicará una regla proporcional,
considerando que a la puntuación máxima (100 puntos) le
corresponde el porcentaje máximo de ayuda establecido en cada medida.
Los pasos a seguir para solicitar, aprobar y justificar ayudas del Leader están establecidos en la convocatoria de ayudas y se detallan en las "Guías de ayudas Leader Navia-Porcía". De forma resumida el proceso es el siguiente:
» La solicitud se realiza presentando una instancia en modelo oficial que se puede descargar de la página web del CEDER, acompañada de una serie de documentación sobre el proyecto y el solicitante. Ésta documentación depende del tipo de actividad y las características del beneficiario y se recoge en el Anexo III de la convocatoria. Los modelos oficiales a los que se refiere este anexo, también se pueden descargar en esta web.
» Una vez presentada la documentación en los plazos establecidos, se realiza la instrucción y evaluación del expediente. El primer paso es verificar que las inversiones para las que se solicita ayuda no están iniciadas, levantando un “acta de no inicio”. Posteriormente se realiza una preevaluación, en la que se analiza el proyecto y se comprueba que cumple con los requisitos fijados en las bases de las ayudas. A continuación se solicita a la Consejería de Medio Rural y Pesca la emisión de un informe de elegibilidad, que es vinculante. Cuando este informe es favorable, el equipo técnico de la Gerencia hace una evaluación del proyecto con la aplicación de los criterios de valoración y baremación, y propone la concesión de la subvención.
» La resolución
de las ayudas corresponde a la Junta Directiva del CEDER Navia-Porcía
y una vez adoptada, se notifica al beneficiario. En el caso de que la
ayuda sea aprobada tendrá que proceder a su aceptación antes
de firmar con el CEDER Navia-Porcía un contrato
de ayuda en el que se establecen las características y condiciones
de la subvención aprobada.
» En el contrato figurará
el plazo del que dispone el beneficiario para ejecutar las inversiones
y comunicar su finalización. Para recibir la subvención,
el beneficiario deberá proceder a su justificación,
siguiendo las directrices fijadas en la convocatoria de ayudas. Presentará
la cuenta justificativa, que incluirá las facturas
que acreditan que se ha realizado la inversión, los justificantes
de su pago y la documentación que confirme que se cumplen todos
los compromisos adquiridos con la concesión de la ayuda (creación
de empleo, obtención de una determinada categoría de alojamiento,
etc.) y que, de forma genérica, se recogen en el Anexo
V de la convocatoria de ayudas. Cuando esta documentación esté
completa, el CEDER Navia-Porcía realizará las comprobaciones
precisas que incluye una control documental y una verificación
"in situ" de la realización de la inversión. Realizadas
estas comprobaciones, si se considera que la ayuda ha sido justificada
correctamente, se procede a su certificación,
tras lo cual la Junta Directiva aprobará el pago
de la ayuda.
¿Se pueden recibir anticipos o pagos parciales de la ayuda sin
finalizar el proyecto subvencionado?
La base vigésimo quinta de la convocatoria de ayudas contempla la posibilidad de obtener una anticipo de la ayuda, una vez firmado el contrato, por importe inferior al 20% de la inversión y al 40% de la ayuda, previa garantía bancaria del 110% del valor del anticipo (esta garantía no se exigirá cuando se trate de beneficiarios públicos). La garantía se liberará cuando el Grupo compruebe que el importe de la ayuda justificada supere el importe del anticipo.
En esa misma base de la convocatoria, también se incluye el procedimiento a seguir para realizar pagos parciales de la ayuda a medida que se vaya ejecutando el proyecto, que supongan abonos fraccionados de la subvención. La cuantía de estos pagos parciales será proporcional a la inversión parcial que se justifique. Solamente se realizarán pagos parciales cuando se cumplan las siguientes condiciones:
» Se justifique una inversión
parcial superior a los 30.000 € o la cuantía del pago resultante
sea superior a los 6.000 euros.
» La suma de los pagos parciales
de la ayuda aprobada no superen el 80% de ésta.
» La solicitud no se produzca en
los últimos dos meses del plazo previsto para la ejecución
del proyecto subvencionado.
» Se hayan constituido y acreditado
las garantías bancarias, en aquellas operaciones en los que así
se haya determinado en la instrucción del expediente y se haya
establecido en el contrato de ayuda. En estos casos, las garantías
serán del 110% del pago parcial solicitado y se liberarán
cuando se produzca el pago final del proyecto.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios de las ayudas?
Los beneficiarios de las ayudas tienen una serie de obligaciones
generales junto con otras específicas
(que dependen del proyecto en concreto y que se recogerán en el
contrato de ayuda). Estas obligaciones generales son:
» Ejecutar el proyecto que fundamenta
la concesión de las subvenciones en los términos contemplados
en el acuerdo de concesión y el contrato de ayuda.
» Justificar ante el Grupo el cumplimiento
de los requisitos y condiciones, así como la realización
de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión
de la subvención, en la forma y los plazos establecidos en las
bases.
» Someterse a las actuaciones de
comprobación, a efectuar por el CEDER Navia-Porcía así
como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que
puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales
como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida
en el ejercicio de dichas actuaciones.
» Comunicar al CEDER Navia-Porcía
la solicitud u obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como
se soliciten o se conozca su obtención.
» Mantener la actividad y el destino
de las inversiones subvencionadas durante al menos los cinco años
posteriores al abono final de la ayuda. Este plazo se elevará a
10 años en el supuesto de que la ayuda financie actuaciones sobre
bienes inmuebles.
» Mantener los compromisos de empleo
durante los cinco años posteriores al abono final de la ayuda.
» Comunicar al CEDER Navia-Porcía
cualquier alteración de las condiciones que fundamentaron el acuerdo
de la concesión de la ayuda, ya sea en relación con las
inversiones subvencionadas, la actividad desarrollada o las características
del beneficiario, solicitando en su caso, la autorización por parte
del Grupo de Acción Local.
» Acreditar que se encuentra al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social.
» Disponer de los libros contables,
registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados
en los términos exigidos por la legislación mercantil y
sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos
estados contables y registros específicos sean exigidos por las
bases, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades
de comprobación y control.
» Conservar los documentos justificativos
de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos
electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
» Adoptar las medidas de difusión
establecidas por la normativa vigente y dar adecuada publicidad sobre
la procedencia de los fondos públicos recibidos.
» Las subvenciones están
cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por tanto, los beneficiarios están sometidos a las
obligaciones de información y difusión establecidos en la
reglamentación de la Unión Europea y en especial, en el
Anexo VI del Reglamento
(CE) nº 1974/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de
2006. Las actuaciones subvencionadas deberán llevar una referencia
expresa a la financiación del FEADER, se señalizarán
de forma que resulte visible el logotipo del FEADER y el lema obligatorio
según se dispone en el citado Reglamento. También se incluirán
en la señalización los logotipos de la Administración
Central (Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino) y del Gobierno
del Principado de Asturias (Consejería de Medio Rural y Pesca)
como entidades cofinanciadoras de las ayudas, además de los logotipos
del LEADER y el CEDER Navia-Porcía.
» Proceder al reintegro de los fondos
percibidos en los supuestos
contemplados en las bases.
» Cumplir, en el caso del Grupo
de Acción Local y las Administraciones Públicas, con las
Directivas europeas en materia de contratación pública y
con la Ley
de Contratos del Sector Público en todos los expedientes que
sean objeto de ayuda.
¿Dónde y cómo se puede solicitar una ayuda al Eje
Leader Navia-Porcía?
Las solicitudes se presentarán en la sede del CEDER Navia-Porcía, ubicada en la C/ Antonio Fernández Vallina nº 6 – 2ª planta, C.P. 33710 de Navia, empleando el formulario normalizado que se recoge en el anexo II de la convocatoria, y que se puede descargar en esta web, acompañado de la documentación exigida en el anexo III de la convocatoria (Los modelos oficiales a los que se refiere este anexo, también se pueden descargar en esta web).
¿Cuál es el plazo para solicitar ayudas?
El plazo de solicitud de ayudas al Eje Leader Navia-Porcía se encuentra abierto de forma continuada hasta el 31 de julio de 2013.
¿Dónde se puede obtener más información?
» A todos aquellos que vayan a realizar una inversión en la Comarca del Navia-Porcía susceptible de recibir una ayuda Leader, se pueden poner en contacto con el CEDER Navia-Porcía solicitando una entrevista personal en los teléfonos 985474951-985474952, por correo electrónico (info@naviaporcia.com), a través de esta web o directamente en nuestras oficinas (C/ Antonio Fernández Vallina, nº 6 – 2ª planta, de Navia). También se dispone de atención al público en los Ayuntamientos de Grandas de Salime y Pesoz (segundo y cuarto martes de cada mes) y los de Boal e Illano (primer y tercer lunes de cada mes).
» Antes de solicitar una ayuda, se recomienda leer detenidamente las bases de la convocatoria donde se dispone de información detallada y mucho más precisa sobre todas las cuestiones que se acaban de comentar y otras cuestiones que el solicitante debe conocer (procedimientos que se siguen cuando hay modificaciones sobre el proyecto aprobado, cuando se producen incumplimientos que suponen la revocación y reintegro de las ayudas, casos en que se producen reducciones o exclusiones o incompatibilidades con otras subvenciones, tipos de controles que se realizan sobre las ayudas aprobados, cesión de datos que se realiza con la solicitud o información sobre el régimen jurídico de las ayudas).
» En las "Guías de ayudas Leader Navia-Porcía" también se incluye esta información y se recogen además consejos y recomendaciones siendo una herramienta muy útil para todos aquellos que deseen acogerse a una ayuda Leader.
» Por último, en
esta web se puede encontrar información actualizada a
través de la sección de noticias,
se pueden descargar formularios
e impresos, consultar el archivo
documental (legislación y normativa), ver los proyectos que
han obtenido ayudas en el anterior programa Proder
II o el actual Leader,
etc.