INFORMACIÓN GENERAL TIQUE ASALARIADO
Nota: este apartado tiene carácter exclusivamente informativo y carece de valor normativo. En el caso de tener interés en solicitar una ayuda LEADER se recomienda acceder a la normativa reguladora incluida en los apartados "Bases Reguladoras" y "Convocatorias"
IMPORTANTE: Recomendamos leer la Información general sobre las ayudas LEADER 2023-2027
¿En qué consisten estas ayudas?
Estas ayudas se destinan a empresas sin personal asalariado en los últimos cinco años, que realicen la contratación indefinida a jornada completa de una persona desempleada.
¿Cuáles son los principales requisitos para ser beneficiario de un tique rural asalariado?
- No haber tenido personal asalariado en los cinco años previos. La empresa, y en su caso todas las vinculadas, deben no haber tenido personal asalariado por cuenta ajena durante los cinco años anteriores a la solicitud.
- Situación de desempleo del candidato. La persona que se va a contratar debe encontrarse en situación de desempleo en el momento de la solicitud o, en su caso, la comunicación previa al inicio.
- Tipo de contrato. El contrato debe de ser indefinido y a jornada completa
- Ubicación en la comarca del Navia-Porcía. La actividad empresarial objeto de la ayuda debe desarrollarse o tener previsto desarrollarse en el ámbito territorial del Navia-Porcía. A este respecto, si la actividad empresarial se desarrolla o se va a desarrollar en un local destinado exclusivamente a la actividad empresarial (incluyendo polígonos y centros de empresa, pero no viviendas particulares o partes de las mismas), deberá encontrarse dentro de la comarca. Si la actividad empresarial no se desarrolla o no se va a desarrollar en un local destinado exclusivamente a la actividad empresarial, la empresa deberá tener su domicilio fiscal/social en la comarca.
- Centro de trabajo. La persona contratada deberá tener su centro de trabajo ubicado en el ámbito territorial del GAL en el que se solicita la ayuda.
- Mantenimiento del contrato. La empresa debe mantener la contratación durante al menos dos (2) años desde la fecha de alta de la persona contratada, asegurando que las condiciones del contrato no sean más desfavorables que las establecidas en la memoria justificativa.
- Momento de la contratación. La contratación no puede estar realizada con fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda. No obstante, en el caso de haber presentado una comunicación previa (y el GAL ha emitido el certificado de no inicio, de acuerdo con el procedimiento fijado en las bases reguladoras), no podrá estar realizada con fecha anterior a dicha comunicación.
- Formalización del contrato. Para el primer pago, la empresa debe acreditar el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y la formalización del contrato con la persona desempleada.
- Sustitución de la persona trabajadora: En caso de baja (por despido procedente o baja voluntaria), la empresa deberá sustituir al trabajador en un plazo máximo de tres (3) meses, reanudándose el cómputo del periodo de mantenimiento con la incorporación del nuevo trabajador.
- Actividad económica de la empresa. No puede figurar como actividad excluida en las bases reguladoras (con carácter general para toda Asturias) ni en la convocatoria de ayudas (con carácter específico en el Navia-Porcía).
- Restricción de parentesco. No se admitirán contrataciones en las que exista relación de parentesco hasta el segundo grado entre la persona contratada y la persona beneficiaria (o, en el caso de entidades, con el administrador o la persona que ostente el control de la empresa).
- Presentación de una memoria justificativa. La solicitud debe incluir una memoria que justifique la necesidad de contratación y detalle las características del puesto de trabajo a cubrir.
- No obtener otras ayudas incompatibles. No recibir, otra subvención para el mismo puesto/contrato durante el período de mantenimiento exigido.
- Documentación y justificación. La empresa debe aportar toda la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos (memoria justificativa, certificaciones de alta, contrato de trabajo, etc.), conforme a lo establecido en la convocatoria.
- No estar en situación de crisis: La empresa no debe encontrarse en situación de crisis, ni haber sido objeto de órdenes de recuperación de ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea.
- No estar incursas en prohibiciones: no estar incursa en ninguna de las prohibiciones que se indican en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones) y no estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.)
- Estar al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social. La empresa solicitante debe no incurrir en incumplimientos con Hacienda ni con la Seguridad.
- Puntuación mínima: La solicitud deberá obtener una puntuación mínima de 40 puntos (sobre un máximo de 100) con la aplicación de los 'criterios de selección' que se publican en cada convocatoria de ayuda.
- Cumplir con las demás disposiciones normativas. La empresa debe cumplir con los requisitos generales que establecen la normativa comunitaria, estatal y autonómica aplicable a estas ayudas, incluyendo aquellos relacionados con la tramitación electrónica y la presentación de la documentación exigida.
¿Cuál es el importe de la ayuda?
La ayuda puede alcanzar los 20.000 euros, determinándose la cuantía con los criterios de selección que se publican en cada convocatoria.Con estos criterios se valoran las solicitudes de ayuda de 0 a 100 puntos. Para poder ser beneficiario de la ayuda, además de cumplir con los requisitos fijados en la normativa, es necesario que la solicitud obtenga más de 40 puntos.
En la convocatoria 2025, la correspondencia entre la puntuación obtenida y la ayuda a conceder, es la siguiente:
Puntuación |
Importe |
Hasta 40 puntos |
0,00 |
De 41 a 60 puntos |
10.000,00 |
De 61 a 80 puntos |
15.000,00 |
De 81 a 100 puntos |
20.000,00 |
Los criterios utilizados en el 2025 para valorar las solicitudes se encuentran detalladamente explicados en la convocatoria 2025 (anexo II. Criterios de selección de operaciones del Centro de Desarrollo Navia-Porcía). Resumidamente son los siguientes:
CRITERIOS |
Puntuación |
Criterio nº1: PRIORIDAD ESTRATÉGICA (criterio excluyente) |
Máx. 25 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas de PRIORIDAD 1 |
25 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas de PRIORIDAD 2 |
20 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas de PRIORIDAD 3 |
15 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas de PRIORIDAD 4 |
10 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas de PRIORIDAD 5 |
5 |
Operación incluida en alguna de las actividades estratégicas NO PRIORITARIAS |
0 |
Criterio nº2: UBICACIÓN DE LA OPERACIÓN (criterio excluyente) |
Máx. 20 |
Operación ubicada en zona de ruralidad ABSOLUTA |
20 |
Operación ubicada en zona de ruralidad ALTA |
15 |
Operación ubicada en zona de ruralidad MEDIA |
10 |
Operación ubicada en zona de ruralidad BAJA |
5 |
Operación ubicada en zona de ruralidad NULA |
0 |
Criterio nº3: PERFIL DE LA CONTRATACIÓN (criterio acumulativo) |
Máx. 30 |
Operación que supone la contratación de una persona JOVEN |
30 |
Operación que supone la contratación de una persona DESEMPLEADA DE LARGA DURACIÓN |
30 |
Operación que supone la contratación de una persona con INCAPACIDAD PERMANENTE |
25 |
Operación que supone la contratación de una persona con DISCAPACIDAD |
25 |
Operación que supone la contratación de una MUJER |
20 |
Operación que supone la contratación de una persona con ARRAIGO en la comarca |
10 |
Operación que no reúne ninguna de las características anteriores |
0 |
Criterio nº4: CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA EMPLEADORA (criterio acumulativo) |
Máx. 15 |
Operación en la que el empleador es un/a EMPRESARIO/A INDIVIDUAL |
15 |
Operación en la que el empleador es una empresa de ECONOMÍA SOCIAL o una EMPRESA DE INSERCIÓN. |
12 |
Operación en la que el empleador es una empresa con representación igual o superior al 50% de MUJERES, de JÓVENES, de personas con DISCAPACIDAD o de personas DESEMPLEADAS |
10 |
Operación en la que el empleador es una empresa con antigüedad superior a UN AÑO |
8 |
Operación en la que el empleador es una MICROEMPRESA |
5 |
Operación que no reúne ninguna de las características anteriores |
0 |
Criterio nº5: CATEGORÍA PROFESIONAL DE LA CONTRATACIÓN (criterio excluyente) |
Max. 10 |
Operación que supone la contratación de una persona en los grupos de cotización 1 a 3, ambos inclusive |
10 |
Operación que supone la contratación de una persona en los grupos de cotización 4 a 8, ambos inclusive |
5 |
Operación que supone la contratación de una persona en los grupos de cotización 9 a 11, ambos inclusive |
0 |
Para conocer con exactitud qué se valora en cada uno de estos criterios, se recomienda acceder a la convocatoria de ayudas.
¿Existe alguna actividad económica excluida?
Sí. En las bases reguladoras de las ayudas existe un listado de actividades excluidas, que no pueden ser objeto de subvención. Es decir, no se subvenciona la contratación por parte de empresas que desarrollen alguna de dichas actividades. En el anexo III de las bases reguladoras se puede consultar la subvencionalidad de las actividades empresariales (según epígrafe de IAE).
Además, en el Navia-Porcía y para la convocatoria 2025 se establecen las siguientes limitaciones (anexo II de la convocatoria de ayudas) operaciones que supongan la contratación por parte de empresas en alguno de los siguientes apartados de la clasificación del I.A.E.:
Actividades empresariales:
- Grupo 429 INDUSTRIA DEL TABACO
- Epígrafe 965.5 ESPECTÁCULOS TAURINOS
Actividades profesionales:
- Grupo 612. CONDUCTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES
¿Cuándo se recibe la ayuda
La ayuda se concede con carácter plurianual (hasta dos ejercicios) y se abona en varios tramos, con el cumplimiento de los siguientes hitos:
- Primer pago: alta en la Seguridad Social y formalización del contrato.
- Segundo pago (final): justificación del mantenimiento del contrato durante 2 años.
Más información sobre la línea de ayudas Tique Rural Asalariado:
o Ver bases reguladoras Tique Rural Asalariado
o Ver convocatorias Tique Rural Asalariado
o Ver documentación a presentar Tique Rural Asalariado
o Ver formularios LEADER Tique Rural Asalariado
Información general sobre otras líneas de ayuda LEADER: