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LEADER

Nota: este apartado tiene carácter exclusivamente informativo y carece de valor normativo. En el caso de tener interés en solicitar una ayuda LEADER se recomienda acceder a la normativa reguladora incluida en los apartados "Bases Reguladoras" y "Convocatorias"

 

INFORMACIÓN GENERAL LEADER AGRO

 

¿En qué consisten estas ayudas?

 

Ayudas destinadas a apoyar inversiones que realicen explotaciones agrarias para el inicio de la actividad, la modernización, la competitividad y/o la innovación, incrementando su sostenibilidad y contribuyendo al desarrollo rural.

 

¿Cuáles son los principales requisitos a cumplir para ser beneficiario de una ayuda LEADER Agro?

 

  • Personalidad física o jurídica titular de explotación.  Las solicitantes deben ser er personas físicas o jurídicas que sean titulares o cotitulares de explotaciones agrícolasincluidas las entidades de titularidad compartida según la Ley 35/2011.

  • Edad: En el caso de personas físicas o entidades de titularidad compartida, todos los miembros deben tener 18 años cumplidos.
  • Tipo de actividad. Las ayudas se circunscriben exclusivamente a explotaciones agrícolas; se excluye así la ganadería y la apicultura. Estas actividades pueden ser objeto de otras ayudas gestionadas directamente por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, fuera del marco LEADER
  • Tipo de producción: La actividad de la empresa (o proyecto) debe estar dirigida a la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
  • Inscripción. La explotaciones deben de estar inscritas (o con solicitud de inscripción) en el Registro de Explotaciones Agrarias del Principado de Asturias.
  • Ubicación. La explotación y las actuaciones para las que se solicita ayuda deben localizarse en alguno de los municipios del Navia-Porcía.
  • Mantenimiento de las inversiones y la actividad. Se deben mantener las inversiones y la actividad agrícola subvencionada, durante al menos 5 años desde la fecha final del plazo de justificación, salvo que se solicite y autorice la transmisión de la titularidad de los activos, siempre que el nuevo titular cumpla los mismos requisitos y se subrogue en las obligaciones correspondientes.
  • Momento de realizar las inversiones. La s inversiones no se peden haber iniciado antes de la 'verificación de no inicio' que realizará el Grupo de Acción Local tras presentar la solicitud de ayuda. Se exceptúan de este requisito:
    • ​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Los honorarios de proyectos, estudios previos de viabilidad y el pago de tasas relacionadas con licencias y permisos administrativos.
    • Las inversiones iniciadas con anterioridad a la solicitud de ayuda cuando la persona beneficiaria haya solicitado la visita previa de comprobación de no inicio de las inversiones, de acuerdo con el procedimiento publicado en el Anexo I de las bases reguladoras. En estos casos, las inversiones no pueden estar completamente ejecutadas en el momento de la solicitud formal. 
  • No suponer impacto ambiental. Las inversiones que puedan generar efectos negativos sobre el medio ambiente solo serán subvencionables si se cuenta con un proceso de evaluación ambiental favorable.
  • No estar incursa en prohibiciones.  La solicitante no puesta estar incursa en ninguna de las prohibiciones que se indican en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones) ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • No ser empresa en crisis.  La solicitante no puede encontrarse en situación de crisis según la definición de la normativa euroea, ni estar sujeta a órdenes de recuperación de ayudas ilegales por la Comisión Europea.
  • Documentación y justificación. La solicitante deberá aportar, junto con la solicitud, la documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos y compromisos exigidos en la convocatoria
  • Cumplir con  los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Cuando la ayuda solicitada supera los 30.000 euros la solicitante deberá de haber cumplido con los plazos previstos en la conocida como Ley de Morosidad.
  • Presentación de la solicitud por medios electrónicos. Salvo en casos excepcionales justificados, conforme a o previsto en la normativa administrativa vigente.

​​​​​​​El CEDER Navia-Porcía podrá establecer otros requisitos adicionales en las convocatorias anuales de ayuda.

 

¿Qué inversiones se subvencionan?

 

Inmuebles e Infraestructuras:

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles ligados al inicio de la actividad o a la modernización y mejora de la competitividad, incluyendo instalaciones y la urbanización de la parcela.

Compra de Terrenos:

  • Adquisición de terrenos, siempre que el importe no supere el 10 % del gasto total subvencionable para la operación.

Maquinaria y Equipamiento:

  • Compra (o arrendamiento con opción de compra, realizado antes de la solicitud de pago) de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado.
  • Inversiones en programas informáticos, diseño y/o programación de páginas web (destinados a la comercialización online) y sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.

Inversiones para el Cumplimiento Normativo:

  • Inversiones para cumplir normas de la Unión aplicables a la producción agrícola (por ejemplo, mejoras en seguridad laboral), en un plazo de 12 meses desde que dichos requisitos se vuelvan obligatorios.

Adaptación de Vehículos:

  • Adaptación de vehículos para el transporte de mercancías vinculadas a la actividad productiva.

Mejoras en Cultivos:

  • Plantación y mejora de cultivos leñosos de aptitud frutal (árboles y arbustos frutales).

Reestructuración y Reconversión Productiva:

  • Acciones de reestructuración y reconversión de especies, patrones y variedades, incluyendo nuevas plantaciones o renovaciones de cultivos permanentes (que abarcan el arranque, preparación del terreno y adquisición de material vegetal).

Costes generales relacionados con las inversiones-

  • Estos gastos pueden incluir honorarios de arquitectura, ingeniería, consultoría, asesoría, estudios de viabilidad (económica y medioambiental), derechos de patentes o licencias, diseño de envases y marcas, así como el desarrollo o adquisición de programas informáticos y otros elementos intangibles vinculados al proyecto.

El CEDER Navia-Porcía podrá establecer, en las convocatorias de ayudas, otras limitaciones adicionales en cuanto a los gastos e inversiones que se subvenciona.

 

¿Qué inversiones NO se subvencionan?

Además de los conceptos que no son subvencionables con carácter general (ver información general de las ayudas LEADER), no se subvencionan en la línea de ayudas LEADER Agro:

Derechos:

  • Compra de derechos de producción agrícola.
  • Compra de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad.

Compra de Terrenos (por encima de limite):

  • Adquisición de tierras cuyo importe supere el 10 % del gasto total subvencionable para la operación.

Inversiones Relacionadas con la Vegetación Anual y los animales

  • Compra de plantas anuales y su plantación.
  • Implantación de praderas en terrenos que no cuenten con uso forestal, pasto arbustivo o pasto arbolado (según el SIGPAC). 
  • Las inversiones en ganadería o apicultura

Vehículos:

  • La adquisición de vehículos con carácter general, sin la adaptación específica para el transporte de mercancías ligado a la actividad productiva.

 El CEDER Navia-Porcía podrá establecer, en las convocatorias anuales, otros gastos que NO son subvencionables. 

 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

 

La ayuda es un porcentaje de la inversión subvencionable.  La solicitud se valora con los criterios de selección que se publican en cada convocatoria, en la que también se fija la relación entre dicha puntuación y el porcentaje de ayuda que se aprueba

La ayuda máxima es de 200.000, con un límite de intensidad del 65% sobre el coste de la inversión subvencionable.

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria podrá establecer, en las convocatorias anuales, otros límites de la ayuda inferiores.

 

Más información sobre la línea de ayudas LEADER Agro:

 

o   Ver bases reguladoras LEADER Agro
o   Ver convocatorias LEADER Agro
o   Ver documentación a presentar LEADER Agro
o   Ver formularios LEADER Agro

 

 

 

 

Información general sobre otras líneas de ayuda LEADER: